Cooperativa de los trabajadores de la educación y empresarios del Putumayo

Prohibiciones e Inhabilidades

Prohibiciones

Se tendrán en cuenta las siguientes:

  • Ningún asociado en la sumatoria de sus créditos podrá exceder el monto máximo de ciento noventa (190) SMMLV.
  • No se aceptará certificación de los contadores que estén sancionados por la Junta Central de Contadores.
  • Otorgar crédito a menores de 18 años y aquellos que la ley los define como incapaces.
  • Otorgar crédito a personas naturales o jurídicas que entreguen documentación fraudulenta sin perjuicio de las acciones penales a que tiene lugar (en caso de ser detectadas), o lo hayan realizado en una oportunidad anterior con la Cooperativa.
  • Otorgar crédito a personas naturales o jurídicas que se hayan o se encuentren con saldos castigados por la Cooperativa.

Inhabilidades - Disposiciones Generales

Cootep Ltda podrá declarar extinguido el plazo y exigir el pago total e inmediato de los saldos por concepto de crédito a cargo de los asociados, cuando compruebe que ha sufrido engaño o dolo en el suministro de información, documentos o en la constitución de garantías.

Los integrantes del Consejo de Administración, Junta de Vigilancia, Gerente y funcionarios de Cootep Ltda no podrán ser codeudores de créditos, mientras conserven tal condición.

Vigencia y Derogatorias: El presente reglamento regirá a partir de que se realice las parametrizaciones correspondientes en el sistema LINIX y se efectúen las pruebas necesarias para su aplicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.