Cooperativa de los trabajadores de la educación y empresarios del Putumayo
Se tendrán en cuenta las siguientes:
Cootep Ltda podrá declarar extinguido el plazo y exigir el pago total e inmediato de los saldos por concepto de crédito a cargo de los asociados, cuando compruebe que ha sufrido engaño o dolo en el suministro de información, documentos o en la constitución de garantías.
Los integrantes del Consejo de Administración, Junta de Vigilancia, Gerente y funcionarios de Cootep Ltda no podrán ser codeudores de créditos, mientras conserven tal condición.
Vigencia y Derogatorias: El presente reglamento regirá a partir de que se realice las parametrizaciones correspondientes en el sistema LINIX y se efectúen las pruebas necesarias para su aplicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.