Cooperativa de los trabajadores de la educación y empresarios del Putumayo
Serán condiciones generales de la cooperativa, en referencia al acceso a los servicios de crédito por los asociados los siguientes:
Parágrafo: El asociado podrá acceder a un crédito para sufragar los gastos de hipoteca, el cual será deducible del valor del crédito aprobado.
Parágrafo: Para el cálculo de los aportes sociales que respaldan la aprobación de un crédito se deberá realizar sobre los aportes descubiertos, y se entenderá como aportes comprometidos de todas las modalidades de crédito a excepción de la modalidad de Cootep solidario inferior a $300.000 y los extra rápidos hasta $300.000, teniendo en cuenta el saldo de capital a cargo del asociado.
Verificar reporte a la central de Riesgo previo pago por la consulta en los montos requeridos, Así:
Parágrafo 1: Se exceptúan de la consulta a las centrales de riesgo las operaciones activas de crédito cuyo monto sea igual o inferior a los aportes sociales del solicitante no afectados en operaciones crediticias.
Parágrafo 2: El Consejo de Administración, estudiará los casos especiales de solicitudes de crédito que presenten reporte negativo ante las centrales de Riesgo, por procesos administrativos de las partes siempre y cuando cumpla con los demás requisitos para crédito, y que gocen de buen prestigio ante la cooperativa y la sociedad.