Cooperativa de los trabajadores de la educación y empresarios del Putumayo
La competencia para el estudio y aprobación de los créditos será de responsabilidad de Gerente General o sus delegados, Comité de Crédito y Consejo de Administración.
A) Facultades de Gerencia: La gerencia de Cootep Ltda, está facultada para analizar y aprobar los créditos de: Cootep solidario y extrarápidos de los funcionarios; los créditos por calamidad, educación y Cootep Universal hasta 10 SMMLV., como también se le faculta para que apruebe los créditos que sean iguales o inferiores al valor de los aportes sociales no comprometidos, sin importar el valor solicitado.
Parágrafo 1. En el evento que exista mayor demanda de créditos Cootep Universal se darán prioridad a los créditos de calamidad y estudio.
Parágrafo 2. Cuando por necesidades del servicio o por razones de eficiencia, eficacia y/o economía, se dificulte para el gerente desempeñar oportunamente la facultad de aprobación de que trata este reglamento, bajo su absoluta responsabilidad podrá delegar en el Jefe de Crédito y Cartera, y jefes de agencia dicha facultad. En todo caso, la delegación deberá hacerse por escrito y de ninguna manera tendrá vigencia retroactiva.
Parágrafo 3. En caso de delegación al(a) jefe de crédito y cartera y jefes de agencia, estos podrán aprobar créditos en la modalidad de Cootep solidario, extrarrápidos y créditos iguales o inferiores al valor de los aportes no comprometidos del asociado.
B) Facultades del Comité de Crédito: En Cootep Ltda, por norma general, el estudio y aprobación de los créditos corresponde en primera instancia al Comité de Crédito, órgano asesor designado por el Consejo de Administración e integrado por cinco (5) miembros, así: tres (3) asociados hábiles y un (1) integrante del consejo de Administración y el(a) Gerente General de la cooperativa.
El comité de crédito está facultado para analizar, improbar y aprobar toda clase de crédito a excepción de aquellos que son facultad del consejo de administración y gerencia.
El comité de crédito se reunirá de manera habitual una (1) vez al mes y extraordinariamente cuando las circunstancias lo exijan, previa convocatoria de Gerencia; de sus reuniones se dejará constancia en Acta, en la que se relacionará las solicitudes consideradas, los montos, plazos y condiciones de las aprobadas; así como las causales de las aplazadas o negadas. Las Actas deben ser firmadas por los asistentes a la reunión y registradas en el libro designado para tal efecto.
C) Facultades del Consejo de Administración: Corresponde al Consejo de Administración de Cootep Ltda, estudiar y aprobar de manera exclusiva los créditos otorgados a los asociados correspondientes a: